martes, 27 de marzo de 2018

Incoterm FCA

FCA (“Free Carrier” o “Franco Transportista”) significa que el vendedor entrega la mercancía previamente despachada de exportación al transportista elegido (transitario, naviera, aerolínea, etc.) por el comprador en lugar convenido.
Este punto condiciona las obligaciones de carga y descarga de la mercancía. En este sentido, si la entrega se lleva a cabo en las instalaciones del vendedor, es éste quien asume el coste de la carga en el medio de transporte, mientras que si se realiza en cualquier otro sitio, el vendedor no es responsable.

Obligaciones del vendedor

  • Suministrar mercancía y factura comercial según contrato. 
  • Obtener licencias, autorizaciones y similares. 
  • Despachar de exportación la mercancía. 
  • Correr con el riesgo de pérdida o daño hasta la entrega de la mercancía. 
  • Pagar gastos de la mercancía hasta su entrega, incluyendo despacho de exportación y otras dispendios exigibles a este respecto. 
  • Prestar al comprador la ayuda necesaria para conseguir el documento de transporte (B/L o similar) o mensaje electrónico equivalente. 
  • Entregar la mercancía al agente transportista en el lugar acordado, cosa que ocurre cuando: 
  1. La mercancía ha sido cargada en el medio de transporte proporcionado por el transportista si el lugar acordado son las instalaciones del vendedor. 
  2. Si el lugar acordado es diferente al anterior, cuando la mercancía es puesta a disposición del transportista (u otra persona designada por el comprador) en el medio de transporte del vendedor sin ser descargada. Si no se acuerda el punto específico dentro del lugar acordado, y si hay diversos disponibles, el vendedor puede escoger el que prefiera. 

Obligaciones del comprador


  • Pagar el precio de la mercancía según contrato. 
  • Despachar de importación la mercancía, pagando los impuestos y derechos respectivos y obteniendo las licencias y similares que sean menester. 
  • Contratar y pagar el transporte de la mercancía desde el lugar de entrega convenido, así como los costes desde ese punto. 
  • Aceptar la entrega de la mercancía. 
  • Cubrir los riesgos de daño y pérdida desde la entrega por parte del vendedor.